jueves, 2 de enero de 2014

El triste (para las PyMEs) y corrupto Nuevo Régimen de Integración para los grupos de empresas


Introducción.

Prácticamente, el régimen de consolidación fiscal significa que el corporativo o la sociedad “integradora” de un grupo de empresas puede descontar de las ganancias que obtienen algunas de sus empresas, las pérdidas que tienen otras de sus empresas, de esta forma, los impuestos reales de una empresa con ganancias se reducen ya que dicho dinero se invirtió para sanear las pérdidas de otras. Es decir, la sociedad de empresas paga sus impuestos como si solo fuera una sola empresa, además, el régimen permite diferir el pago de los impuestos hasta por 5 años. Bajo la nueva Ley del impuesto sobre la renta, dicho régimen fiscal “Régimen de Consolidación Fiscal” desaparece, sin embargo se crea otro muy parecido pero más regulado y con más limitantes en beneficios: el “Régimen Opcional para Grupos de Sociedades”. Bajo ésta premisa se abordarán los conceptos del régimen en la nueva Ley de Impuesto sobre la Renta y también sobre las características del anterior régimen.

Desarrollo

Los artículos que se encuentran dentro del capítulo VI explican de manera detallada las condiciones para poder pertenecer a una sociedad integradora, también detalla de las medidas a tomar cuando dicha sociedad ya no pueda pertenecer como tal y los métodos que deberán de seguir dichas sociedades para calcular los impuestos que deberán de pagar, además de articular las opciones para diferir impuestos indicando siempre las acciones a seguir en cualquier alteración de la sociedad integradora.

Basados en el régimen anterior, que como comentamos anteriormente es muy parecido, presenta grandes ventajas que han hecho que el 90% de las firmas que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores se encuentren bajo éste régimen.

Cabe mencionar que Luis Echeverría fue el artífice del Régimen de Consolidación Fiscal, sin embargo, lejos de intentar incentivar el empleo causó un gran vacío fiscal que tuvo que ser llenado por contribuyentes de la clase media. Lo que ha sucedido con ésta práctica es sencillo:

  • Se genera una excelente oportunidad para las sociedades de empresas en el que podrán evadir impuestos optimizando y nivelando sus utilidades para así poder pagar lo menos posible a Hacienda. Un gran ejemplo es la creación de empresas dentro de las sociedades que solamente generan pérdidas, es decir, fueron diseñadas para fracasar, las cuales se abastecen de las otras empresas con ganancias, de esta manera las empresas con ganancias ya no pagan los debidos impuestos. Llevando a la práctica el conocido dicho que para los empresarios en México: “El objetivo es quebrar”.
  • Se propicia una gran desventaja para las PyMEs y empresas que no pertenecen a una sociedad, ya que estas sí tienen que pagar impuestos acorde a sus ganancias reales, además de que en caso de una pérdida, las PyMEs no tienen recursos externos para poder financiarse y subsistir. Generando un contexto de poca competitividad en el país.

Lo que no ha generado es un desarrollo económico tal como lo planteaba Luis Echeverría al crear éste régimen. Es decir, se planteaba que al poder apoyar a los grandes conglomerados, estos pudieran tener oportunidad de generar más proyectos aumentando el número de empleados y contribuyendo a la estabilidad económica, sin embargo, las enormes crisis desde el mandato del presidente Echeverría, despidos masivos, recesiones y colapsos económicos muestran lo contrario, que las deducciones de impuestos a las sociedades solamente benefician a los accionistas, no a sus trabajadores y mucho menos a la competitividad nacional.

Como gran ejemplo de esto, tenemos a los aproximadamente 68,479 trabajadores despedidos durante el primer semestre del 2013 de las más grandes empresas que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores, a pesar de las increíbles ganancias que han tenido dichas empresas. Incluyendo a sociedades de empresas beneficiadas con éste régimen, tales como Grupo México, Industrias Peñoles, Cemex, Grupo Posadas y Grupo Carso. Por lo tanto, se confirma que la deducción de impuestos a través de dicho régimen tiene un beneficio nulo para la sociedad.

Hoy en día, se tienen empresas como Elektra que logró diferir impuestos en 2012 para pagar en un futuro más de 8 mil millones de dólares, casos similares se tienen con TV Azteca, Bimbo, Grupo Alfa, Bachoco, entre otras, que han pagado una irrisoria cantidad en impuestos difiriendo en 5 años los impuestos que como obligación deben de pagar.

Solamente en 2008, el pasado régimen favoreció a los 422 grupos económicos más poderosos del país, pagando solamente 1.7% en promedio de sus ingresos (debiendo pagar exactamente el 17% de sus ingresos). A mi consideración, este informe le parecería una ofensa a un pequeño y mediano empresario.

No solamente es injusto para el pequeño y mediano empresario sino para todo ciudadano que trabaja en la formalidad, es decir, también asalariados que pagan impuestos y que a cierto modo cubren los 500 mil millones de pesos que, según la Cámara de diputados, deja el hueco del régimen actualmente. Es decir, el 4% del Producto Interno Bruto.

Se gesta una gran incongruencia en las propuestas de campaña y los discursos políticos en el que aseguran que en cuestión de impuestos: "El que gane más, pague más".

La nueva propuesta, permitirá, como el régimen pasado, amortizar pérdidas contra ganancias, sin embargo, la sociedad deberá de ser propietaria del 80% de las acciones con derecho a voto de otra u otras sociedades integradas y ya no del 50% cómo el régimen anterior, además el lapso para pagar impuestos se podrá diferir solamente hasta 3 años.

Se comprueba que se ha restringido y monitoreado de mejor manera, sin embargo, las sociedades buscarán sacarle el máximo provecho y seguir en la misma ventaja que tiene con las PyMEs.

Una posible amenaza es el hecho de que las sociedades, al tener más limitantes para evadir impuestos, se verán forzados a pagar incluso 20 años atrás, por lo cual tendrían un posible colapso en sus finanzas, entonces sería necesario una planeación para que afecten en lo menor posible a la estabilidad de las sociedades.

Lo que sí es un hecho es que ya tendrán menos excusas para pagar lo que por obligación les corresponde ya que no podrán diferir todas las pérdidas de alguna de las empresas de una sociedad.

Será responsabilidad de nuestros congresistas el poder ejecutar el nuevo régimen de forma eficiente, lamentablemente se conoce que en nuestro país será muy difícil llevarlo a la práctica, esto debido a la colusión de intereses empresariales en las decisiones de las Cámaras, además del innumerable grupo de cabilderos que buscan desde ahora cambiar puntos y comas a la Ley de Impuesto sobre la Renta para que ésta pueda beneficiar en todo lo posible a las empresas en cuestión.

Conclusión.

Me parece correcto el poder reducir poco a poco el régimen de consolidación fiscal a todas las grandes empresas que aprovechan éste mecanismo  para evadir impuestos. Se tiene proyectado que con el nuevo régimen habrá una recaudación de 75 mil millones de pesos, sin embargo, de abrogarse cualquier régimen que beneficie a las sociedades integradoras, se podrían recaudar de las grandes empresas casi un billón de pesos. Considero inadmisible la falta de equidad en el cobro de impuestos, más para empresas que reportan ganancias por arriba de los miles de millones de pesos. También creo que no es un ambiente propicio para fomentar la competitividad y el impulso de emprendedores que no tienen ningún beneficio de deducción de impuestos por medio de empresas generadoras de pérdidas, ni de diferir el correspondiente pago.

Cabe mencionar que el dar estos tipos de beneficios a los grandes conglomerados mexicanos, el gobierno tiene que buscar recursos de la clase media formal, pequeños empresarios y asalariados los cuales les es más fácil monitorear sus ganancias y exigir el pago de impuestos con fechas impostergables.

Bibliografía.

  • Barcelata, Hilario (2013, Octubre). Privilegios fiscales a grandes empresas. La injusticia Tributaria [En línea]. Alcalorpolitico.com.

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  • Mayoral, Isabel (2013, Septiembre). Consolidación fiscal, cambia de nombre [En línea]. CNN Expansión.

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  • Redacción (2013, Agosto).  Despido de trabajadores pese a aumento de ganancias en las empresas. SDPnoticias.com.

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  • ¿Qué implica el Régimen Opcional de Grupos de Sociedades? . Grupo Empresarial ASE.

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  • Howard, Georgina (2013, Octubre). Los Elegidos. ReporteIndigo.com


  • Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos. Número 3897-IX de fecha 31 de octubre de 2013, Anexo IX [En línea].

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